20/04/2024
Sociedad

Barracas: El GCBA suspende construcción de escuela

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, decidió suspender la construcción de una escuela en el barrio porteño de Barracas.

La escuela primaria es la de Creación Estación Buenos Aires del barrio de Barracas, que  el Gobierno Porteño ya había anunciado hace un año por Horacio Rodríguez Larreta.

Según publicó en el Boletín Oficial el Gobierno de la Ciudad, debido a la Emergencia Económica, que complicó la situación del Ministerio de Educación, se vieron obligados a reasignar parte de sus fondos a la atención de medidas sanitarias.

Por tanto, finalmente el GCBA, decidió no construir la escuela primaria de Creación Estación Buenos Aires, ubicada en Monasterio y Av. Suarez, en el barrio de Barracas.

Felipe Miguel, jefe de Gabinete, a través del balance de gestión que realizó en la Legislatura dijo que «el futuro de los chicos es la educación» y que desde el Gobierno porteño «Estamos haciendo todos juntos una gran transformación educativa en la Ciudad de Buenos Aires: 54 nuevas escuelas, de las cuales 30 tienen sala de 3».

Sin embargo, en la Resolución N° 240/SSGEFYAR/20, el Gobierno porteño dejó sin efecto el llamado a la Licitación Pública N° 642-SIGAF-19 (14-19), mediante la cual, se contrataba los trabajos de obra nueva para la Escuela Primaria de Creación Estación Buenos Aires D.E. Nº 5 que demandaría un monto de $214.070.647.

Por otra parte, los fundamentos de la Ley Nº 6301, se declaró en emergencia la situación Económica y Financiera de la Ciudad desde mayo hasta el 31 de diciembre de 2020, detalla que «Es necesario destacar que el artículo 12 de esta Ley faculta a la Administración Central, dentro de otros sujetos, ‘a disponer la revisión de la totalidad de los procesos que se encuentren en trámite o en curso de ejecución referentes a compras y contrataciones de bienes, de servicios, de suministros, de obra pública, de concesiones y permisos, celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ley”.

Y agrega: ¡Las facultades a las que se refiere el párrafo precedente implican la posibilidad de suspender, resolver, revocar, rescindir, o modificar las condiciones esenciales de las contrataciones en cuestión y en virtud de razones de oportunidad, merito o conveniencia, siempre que ello resulte financiera o económicamente más conveniente para el interés público, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad».

«La situación descrita, impactó en esta cartera ministerial, debiendo reasignar parte de sus fondos a la atención de medidas sanitarias» y fue la Dirección General de Infraestructura Escolar, que informó que «estima pertinente dejar sin efecto el proceso iniciado en el marco del artículo 12 de la Ley N° 6.301».

“El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto el llamado licitatorio con anterioridad a su adjudicación, sin que ello genere derecho alguno al universo de los oferentes que participen del mismo”.

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